‘LOS TOROS’,
el sangriento espectáculo
Una de las mayores asignaturas pendientes de los políticos españoles es la erradicación de los espectáculos taurinos, en los que no solo son
acosados, martirizados y matados decenas de miles de animales cada
año para entretenimiento de unos pocos, sino que, además, este martirio y muerte se encuentra
regulado por las Administraciones, tanto la nacional como
las autonómicas (menos en Canarias, cuya ley autonómica
de protección animal prohíbe los espectáculos
taurinos, sin excepción). En España, la regulación
de los diversos espectáculos taurinos se lleva a cabo mediante una ley, un real decreto y
decretos autonómicos, en los que incluso se llega a detallar, según los casos, cómo
deben ser castigados, martirizados y muertos los animales en
unos espectáculos cuya crudeza sólo puede evocarnos lo que ocurría en los antiguos circos
romanos.
LA ‘CORRIDA DE TOROS’
Luis del Campo, veterinario taurino, en su libro “Cómo
y por qué muere el toro de lidia”, describe la corrida
de toros como “uno de los castigos más atroces que imaginarse
puede” (3ª edición, pág, 17).
El presidente y el vicepresidente de ANPBA han asistido a corridas
de toros en diversas plazas, incluida la plaza más importante
del mundo, Las Ventas (Madrid), sacando fotos y grabando vídeos,
a fin de captar in situ imágenes del espectáculo que
luego ANPBA tendría la misión de denunciar. Con datos
contundentes en la mano, por tanto, la descripción de ANPBA
de una corrida de toros es la siguiente:
Tras salir a la plaza, y después de haber burlado al animal
con el ‘capote’, el ‘picador’ le clava en
el lomo (espalda) la PUYA (lanza) que le destroza músculos
(trapecio, romboideo, espinoso y semiespinoso, serratos y transversales
del cuello, etc.) La ‘puya’ le destroza y lesiona, además,
vasos sanguíneos y nervios, abriéndole grandes boquetes
o agujeros por donde luego pueden también hundirse las BANDERILLAS
(palos) terminadas en arpones o ganchos de acero cortante y punzante,
de 6 a 8 cms. de longitud, los cuales son clavados en el lomo del
toro quedándose enganchados en la carne, desgarrándosela.
Luego, atraviesan al animal con un ESTOQUE (espada) de 80 cms. de
longitud y doble filo, la cual, según por el lugar del cuerpo
por el que penetre, puede destrozarle el hígado, los pulmones,
la pleura, etc.; de hecho, cuando la espada le corta la gran arteria,
el toro agoniza con enormes vómitos de sangre, que le sale
a chorros por la boca y la nariz.
El toro, en un intento desesperado por sobrevivir, se resiste a caer,
y, por su gran memoria, suele encaminarse a la puerta por la que le
hicieron entrar en ese repugnante lugar, llamada ‘puerta de chiqueros’.
El animal busca la salida, creyendo que por ahí podrá
volver al campo, huyendo así de tanto maltrato y dolor. Pero
sus verdugos le apuñalan la nuca con el DESCABELLO (otra espada,
que termina en una cuchilla de 10 cms. de longitud, con tope). A pesar
de tan terribles tormentos, el animal no suele morir, por su gran
potencia física, pero finalmente cae al suelo, porque el ESTOQUE
le ha ido destrozando los órganos internos mientras los ayudantes
del matador, con capas, hacen girar al toro a izquierda y derecha,
cortándole la espada con estos movimientos sus órganos
internos. Cuando cae al suelo, le clavan en la nuca la PUNTILLA (un
puñal de 10 cms., con doble filo); con el puñal le hurgan
en la nuca, intentando cortarle la médula espinal en el espacio
entre las vértebras cervicales ‘atlas’ y ‘axis’.
El toro queda así paralizado, sin poder realizar siquiera movimientos
con los músculos respiratorios, por lo que finalmente muere
asfixiado, boqueando una y otra vez intentando que el aire le penetre
en los pulmones. Esta es su infame y cruel muerte, cuando no muere
ahogado en su propia sangre, que le sale a borbotones por la boca
y la nariz, como dijimos arriba.
Tampoco quedan libres de malos tratos los caballos de los ‘picadores’.
Aunque en 1928 se implantó el peto protector para los caballos
de picar (Real Orden de 13 de junio), esto no significa que estén
libres de sufrimiento. En las embestidas del toro, cuando el picador
lo llama para que acuda al caballo y poder así destrozarle
el lomo con la lanza (puya), en muchas ocasiones los caballos reciben
fuertes golpes y caen al suelo.
EL ‘REJONEO’ A CABALLO
En España existe un tipo de "corrida de toros" llamada
"rejoneo", realizada por matadores a caballo, que necesitan
acercarse muchísimo al toro para poder herirlo. Esto pone a
los caballos en gravísimo peligro. De hecho, cada vez hay más
caballos heridos y muertos, al no llevar protección. Los caballos
de rejoneo están siendo las víctimas de la brutal competencia
entre veteranos rejoneadores y aspirantes al escalafón. Los
unos y los otros obligan a sus caballos a pisar ‘terrenos’
de gran peligro y a realizar arriesgados embroques, lo cual da lugar
a una larga lista de caballos heridos y muertos. Además, la
mismísima doma conlleva un grave peligro para los caballos,
que son obligados a enfrentarse a los toros en lugares cerrados.
Son comunes las cornadas y las fracturas producidas al realizar las
peligrosas actuaciones que les obligan a ejecutar los jinetes (quiebros
al pitón contrario, de cara recibiendo, a la grupa, al estribo,
al sesgo, etc.). Estos 'embroques' y 'quiebros' ponen al caballo en
manos del toro, al entrar en su 'jurisdicción', exponiéndolo
a peligro de muerte.
Larga lista de CABALLOS HERIDOS y MUERTOS:
Todos los años son heridos y mueren caballos en las corridas
de rejoneo. Una de las más terribles muertes ocurrió
el 8 de octubre de 2000, cuando el caballo llamado BALANCÍN
sufrió una cornada mortal en Zaragoza, cayendo hacia atrás;
la cornada le partió 3 costillas, le destrozó un pulmón
y le produjo evisceración de la masa intestinal, saliéndosele
los intestinos por el enorme agujero de la cornada. Las terribles
fotos fueron ampliamente publicadas en la prensa.
Estos son algunos nombres de caballos que han sido víctimas
recientes: Balancín, Cagancho, Taco, Bolo, Fadista, Paseíllo,
Zurrón, Caparica, Burrito, Tintero, Quinto, Finito, Café,
Mariscal, Calando, Guitarra, Duque, Deseada, Pepín, Évora,
Chata, Horizonte, Lorca, Camarón, otro Camarón, Macario,
Quito, Napoleón, Tiburón, Malpaso, Fusilero, Alero,
Datilero, Danubio, Nata, Imperial, Romance, Zurbarán, Salgueiro...
He aquí la lista del año 2000, escogido este año
por marcar el cambio de siglo y milenio:
· 17 de mayo de 2000, el caballo IMPERIAL fue herido de gravedad
en el vientre, en Jerez de la Frontera, lo que derivó en una
peritonitis que le causó la muerte.
· El 20 de mayo de 2000, FUSILERO fue herido en Madrid. El
1 de octubre volvió a ser corneado en el vientre, afectándole
también la pleura del pulmón izquierdo, en Zafra (Badajoz).
· El 21 de mayo de 2000, CAFÉ tuvo que ser sacrificado
en Osuna (Sevilla).
· El 18 de agosto de 2000, caía herido NAPOLEÓN
en Leganés (Madrid).
· El 23 de agosto de 2000, cayó ROMANCE en Palma de
Mallora (Islas Baleares).
· El 2 de septiembre de 2000, murió ZURBARÁN,
de una cornada en Medina del Campo (Valladolid).
· El 13 de septiembre de 2000, murió CAPARICA por una
cornada recibida en Guadalajara. Por el vientre de salía sangre
a borbotones. Uno de los peones metió una toalla entera en
la herida, sacándola empapada de sangre.
· El 15 de septiembre de 2000, murió MARISCAL en Ampuero
(Cantabria).
· El 1 de octubre de 2000, FUSILERO volvió a ser corneado
en el vientre, afectándole la pleura del pulmón izquierdo,
en Zafra (Badajoz).
· El 2 de octubre de 2000, BURRITO resultó herido en
Medina de Pomar (Burgos).
· El 8 de octubre de 2000, BALANCÍN murió en
Zaragoza de una terrible cornada en el vientre, al resbalar cuando
el jinete 'citó en corto' al toro. El caballo cayó hacia
atrás. La cornada le rompió 3 costillas, le destrozó
un pulmón y le sacó los intestinos.
· El 14 de octubre de 2000, SALGUEIRO recibió una cornada
mortal en Calanda (Teruel).
ANPBA lucha para este sangriento espectáculo quede eliminado;
pero mientras esto llega, los caballos 'rejoneo' deberían,
al menos, ser protegidos por un PETO que les cubriera el vientre.
‘ESCUELAS TAURINAS’
Madrid: El presidente y el vicepresidente de ANPBA grabaron en vídeo
y tomaron fotos de cómo, en las clases prácticas de
alumnos para meterse a toreros, en la ‘escuela de tauromaquia’
de Madrid se estaban cortando las orejas y el rabo a los animales
vivos. Las escenas son espantosas. Los animales coceaban y berreaban.
¡ A un becerro le cortaron las dos orejas y el rabo y lo arrastraron
vivo!
El vídeo fue adjuntado a la denuncia administrativa presentada
ante la Comunidad de Madrid, lo que supuso una sanción al puntillero
y otra al director artístico de la "escuela". Además,
se ha prohibido cortar orejas y rabo en las clases prácticas
de esta escuela.
La noticia fue ampliamente reseñada por ‘El País’,
sección Madrid, y por todas las cadenas nacionales de televisión
que, en sus informativos, emitieron las terribles escenas. También
se ha visionado en muchos países del mundo y en el Intergrupo
para la Conservación y el Bienestar de los Animales del PARLAMENTO
EUROPEO. Los eurodiputados quedaron fuertemente impresionados.
ESPECTÁCULOS ‘POPULARES’
Los espectáculos taurinos populares se diferencian en que
no son ‘toreros’ sino el público en general el
que participa activamente en ellos. De ahí su nombre ‘populares’.
BECERRADAS
Las ‘becerradas’ son terribles espectáculos en los
que animales de muy corta edad (becerros) son sacados al ruedo para diversión
del público. En la mayoría de Comunidades Autónomas está permitido que los simples aficionados y los integrantes de
las peñas les claven banderillas y espadas hasta matarlos. ANPBA lucha activamente. De hecho, el MINISTERIO DEL INTERIOR
ha considerado la crueldad de este tipo de espectáculo, y
la Comisión Sectorial de Asuntos Taurinos ha dado la razón
a ANPBA: Los animales no deberían ser maltratados, ni heridos
ni matados por el público.
‘TORO DE LA VEGA’
DESCRIPCIÓN DEL ESPECTÁCULO:
Cada año, en septiembre, se lleva a cabo en Tordesillas (Valladolid)
un deplorable espectáculo denominado "TORO DE LA VEGA".
Consiste en que decenas de individuos armados con lanzas, a pie y
a caballo, persigan a un toro por el campo, clavándole las
largas lanzas en cualquier parte del cuerpo, hasta que el animal,
herido mortalmente, cae al suelo sin fuerzas y entonces es
rematado dándole puñaladas en la nuca con un puñal (puntilla).
Por su batalla legal contra el mismo, ANPBA ha sido declarada “enemigo
público número uno” del espectáculo (Ver
“El Norte de Castilla”, miércoles, 6 de septiembre
de 2000)
ANPBA quiere denunciar aquí la crueldad de este espectáculo
mediante el siguiente caso, ocurrido a uno de esos “toros de
la vega”, llamado CENTELLO, que fue horriblemente herido y muerto el 12 de septiembre
de 2000. Un individuo le hundió su lanza en el costado, atravesándole el cuerpo y después
se partió. El espectáculo era dantesco: la parte trasera del mango
de la larga lanza le salía por el costado derecho, cerca de la ingle,
y por el lomo le asomaba el palo y la hoja completa de acero
cortante y punzante, de 33 cms. de longitud, después de haberle cruzado el cuerpo. ¡Unos 75 cms. de
vara de madera permanecieron hundidos y ocultos dentro del cuerpo
del animal! Con semejante instrumento de tortura que atravesaba su
cuerpo, 'Centello' tuvo que soportar que le siguieran clavando lanzas. Centello tardó casi 35 minutos en morir... ¡Qué
terrible tormento físico y psíquico debió soportar
el animal!
(Las fotos del evento fueron publicadas al día siguiente
en todos los periódicos de la región: El Norte de Castilla,
El Mundo de Valladolid, El Día de Valladolid, Abc-Castilla
y León).
Ese mismo día, ANPBA interpuso Queja ante el PARLAMENTO
EUROPEO, aportando fotos, testimonio evidente de la crueldad del espectáculo.
Los diarios “El Mundo” (13/9/2000, página 64) y
“El País” (14/9/2000, página 34), en sus
tiradas nacionales, reflejaron esta queja, con grandes titulares.
Y es que el respeto a las 'tradiciones culturales' de los Estados
miembros, según se expone en el Tratado de Amsterdam, no puede
significar que el maltrato a los animales haya de quedar blindado,
abriendo una vía deseable de intervención de las instancias
europeas.
De hecho, ANPBA consiguió de la Administración General
del Estado un documento elaborado por la propia 'Comisión de
Festejos' del Ayuntamiento de Tordesillas, fechado el 5 de septiembre
de 1966, firmado por el alcalde y 7 concejales. En dicho documento
se comprometían ante el entonces Gobernador Civil de Valladolid,
a NO HERIR al animal, a cambio de que la autoridad les permitiera
realizar el espectáculo, porque por su crueldad estaba prohibido.
En el documento decían: "El toro de la Vega no sufrirá
agresión de golpes o heridas, quedando reducido el espectáculo
a un encierro". Este documento demuestra que el propio Ayuntamiento
de Tordesillas, que en 1966 modificó el festejo para 'humanizarlo',
reconocía explícitamente que la llamada "tradición"
no se vería afectada por la eliminación de una crueldad
tan grande como la de matar al animal a golpes de lanza. Aunque ANPBA
esgrimió este documento, la Junta de Castilla y León
legalizó el espectáculo.
Sin embargo, ANPBA confía en que nuevos políticos castellano-leoneses,
más europeístas y avanzados, finalmente prohíban
el espectáculo en un futuro no lejano, modificando el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Castilla y León.
Este espectáculo fue denunciado en Europa, conjuntamente
con ANPBA, por la organización británica FAACE (Fight
Against Animal Cruelty in Europe) y las organizaciones alemanas “INITIATIVE
ANTI-CORRIDA” y “ANIMAL 2000”, que viajaron hasta
Tordesillas e hicieron fotos y vídeos con los que pudieron demostrar
en Europa la crueldad del espectáculo. También ha sido
denunciado por la periodista alemana Dorothea Mench, que estuvo en
Tordesillas en 2003.
‘TOROS DE FUEGO’
DESCRIPCIÓN DEL ESPECTÁCULO:
El toro es atado por los cuernos, arrastrado por el gentío
con gran violencia, y conducido hasta un pilar (mueco), donde le atan
la cabeza, le sujetan las patas y le tiran del rabo, para inmovilizarlo
y encajarle en la cabeza unos artilugios metálicos con grandes
bolas de material inflamable que encienden antes de soltar al animal,
que queda envuelto en fuego con cada uno de sus constantes cabezazos
al tratar de quitarse el elemento que le hiere, que le atormenta.
De las bolas de fuego caen chorros de líquido incandescente
que salpica en sus ojos y en su nariz, y también saltan ascuas,
que se adhieren a su cuerpo. En Medinaceli (Soria), golpean con un palo las bolas
de estopa y el traumático acto de embolar al toro puede provocale hemorragia
por la boca y la nariz. (ANPBA envió fotos y vídeos
al PARLAMENTO EUROPEO). Los animales mugen desesperados, cabecean
y babean profundamente, lo que demuestra el estrés inimaginable
al que son sometidos.
COMUNIDADES DENUNCIADAS:
CATALUÑA, ARAGÓN, CASTILLA-LEÓN y la COMUNIDAD
VALENCIANA
Cataluña: Se hacen “toros de fuego” (bous embolats)
en diversos municipios de las Terres de l’Ebre (Tarragona).
Son espectáculos importados de la Comunidad Valenciana, por
eso se realizan solamente en la zona limítrofe con Castellón.
La brutalidad de estos espectáculos, en los que ponen a los
animales fuego en la zona de la cabeza, y fuegos artificiales a la
vez, provocándoles profundos sufrimientos físicos y
psíquicos, contrasta con la idea que Cataluña quiere
dar al mundo de país civilizado y europeísta. Sin embargo,
en diciembre de 2003, la FISCALÍA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL
DE TARRAGONA dio la razón a ANPBA, declarando que estos espectáculos
son contrarios a la Ley 22/2003 de Protección Animal de Cataluña.
También la DIRECCIÓN GENERAL DEL MEDIO NATURAL, de la
Consejería de Medio Ambiente de la GENERALITAT DE CATALUNYA,
en un informe realizado a instancias del Síndic de Greuges,
por petición de ANPBA, reconoció, en junio de 2004,
que “los toros embolats ya están prohibidos por la Ley
de Protección Animal de Cataluña”. Estos documentos
son uno de basamentos de la lucha jurídica que ANPBA mantiene
en Cataluña hasta conseguir la erradicación de este
tipo de espectáculo.
Aragón: Se hacen “toros de fuego”, especialmente
las provincias de Zaragoza y Teruel.
Castilla-León: Aunque han quedado prohibidos los ‘toros
de fuego’, ha quedado el más cruel de todos, el “toro
de fuego” de Medinaceli, Soria, legalizado por
la Junta de Castilla y León, a pesar de la férrea oposición
de ANPBA, que demostró con documentos oficiales que no cumplía
los requisitos para ser legalizado. El Procurador del Común
(Defensor del Pueblo de Castilla y León), dio la razón
a ANPBA, y exigió a la Junta de Castilla-León una rectificación
al respecto. (Ver ‘logros’)
Comunidad Valenciana: Con 144 municipios que hacen “toros de
fuego”, es la que más espectáculos realiza al
año; a veces, en una sola noche se hacen varios “toros
de fuego” (bous embolats). Se vienen realizando unos 1.200 ‘toros
de fuego’ y ‘vacas de fuego’, desde el 1 de enero
al 31 de diciembre. En ocasiones, colocan a un mismo toro hasta 5
bolas de fuego. También, como en Cataluña, les colocan
en los cuernos fuegos artificiales conjuntamente con las bolas de
fuego.
ESPECTÁCULO PROHIBIDO
Sin embargo, Madrid, el País Vasco, Castilla-La Mancha e incluso
Andalucía, ya han prohibido los “toros de
fuego” en sus Reglamentos de espectáculos taurinos populares.
'TOROS DE FUEGO' SIN USO DE ANIMALES: En el País Vasco, los "toros de fuego"
(llamados en euskera 'zezen zusko') son armazones o carretillas. También
se hacen ‘toros de fuego’ con armazones que semejan un
toro que lanza chispas, conducidos por un hombre, en muchos lugares
de Castilla-León (Peñafiel, Puebla, Benavente, Alba
de Tormes, etc.) y en Aragón (Tarazona), etc.
Estos ejemplos prácticos demuestran que, para divertirse,
no es necesario maltratar -física o psicológicamente- a los animales.
‘TOROS ENSOGADOS’
DESCRIPCIÓN DEL ESPECTÁCULO:
Los animales son sujetados por la cabeza en un ‘mueco’,
donde les atan los cuernos; posteriormente son arrastrados por las
calles por el gentío, con gran violencia para los animales,
que se resisten con todas sus fuerzas. Las sogas producen grandes
traumatismos en la cepa del cuerno y profundos desgarros en los músculos
del cuello. Los animales mugen, cabecean y babean, lo que demuestra
el estrés inimaginable al que son sometidos.
COMUNIDADES DENUNCIADAS:
CATALUÑA, ARAGÓN, CASTILLA-LEÓN, LA RIOJA, NAVARRA,
ANDALUCÍA, CASTILLA-LA MANCHA, PAÍS VASCO y COMUNIDAD
VALENCIANA
Cataluña: Se hacen “toros ensogados” (‘bous
capllaçats’) en diversos municipios de las Terres de
l’Ebre (Tarragona). Son espectáculos importados de la
Comunidad Valenciana, por eso se realizan solamente en la zona limítrofe
con Castellón. La brutalidad de estos espectáculos,
en los que se ata a los animales por los cuernos y se les arrastra
por las calles, provocándoles profundos sufrimientos, físicos
y psíquicos, contrasta con la idea que Cataluña quiere
dar al mundo de país civilizado y europeísta. Sin embargo,
en diciembre de 2003, la FISCALÍA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL
DE TARRAGONA dio la razón a ANPBA, declarando que estos espectáculos
son contrarios a la Ley 22/2003 de Protección Animal de Cataluña.
También la DIRECCIÓN GENERAL DEL MEDIO NATURAL, de la
Consejería de Medio Ambiente de la GENERALITAT DE CATALUNYA,
en un informe realizado a instancias del Síndic de Greuges,
por petición de ANPBA, reconoció, en junio de 2004,
que “los 'embolats' (toros de fuego) ya están prohibidos por la Ley
de Protección Animal de Cataluña”. Estos documentos
son uno de basamentos de la lucha jurídica que ANPBA mantiene
en Cataluña hasta conseguir la erradicación de este
tipo de espectáculo.
Aragón: Se hacen “toros ensogados”, especialmente
de las provincias de Zaragoza y Teruel.
Castilla-León: Aunque han quedado prohibidos los ‘toros
ensogados’ en general (toros enmaromados), han sido legalizadas
las “vacas enmaromadas” de Palazuelo de Vedija, Valladolid;
el “toro enmaromado” de Benavente y los “toritos
del alba”, también de Benavente, Zamora, éstos
últimos legalizados irregularmente por la Junta de Castilla
y León (como hizo en el caso del ‘toro de fuego’
de Medinaceli), a pesar de la férrea oposición de ANPBA,
que demostró con documentos oficiales que no se cumplían
los requisitos para ser legalizados. El Procurador del Común
(Defensor del Pueblo de Castilla y León), también dio
la razón a ANPBA, y exigió a la Junta de Castilla-León
una rectificación al respecto. (Ver ‘logros’)
La Rioja: Hay “toros ensogados” en los municipios de
Cenicero y Cabretón.
Navarra: Hay “toros ensogados” en Lodosa. La brutalidad
de este espectáculo fue denunciada, conjuntamente con ANPBA,
por la organización británica FAACE (Fight Against Animal
Cruelty in Europe) y las organizaciones alemanas “INITIATIVE
ANTI-CORRIDA” y “ANIMAL 2000”, que viajaron hasta
Lodosa e hicieron fotos y vídeos con los que pudieron demostrar
en Europa la crueldad de los espectáculos. De hecho, la Defensora
del Pueblo de Navarra, ha dado la razón a ANPBA.
Andalucía: Los ‘toros ensogados’ han sido legalizados
en 12 municipios, repartidos por las provincias de Almería
(1), Málaga (1), Huelva (1), Córdoba (1), Cádiz
(6) y Jaén (2).
Castilla-La Mancha: Hay “vacas enmaromadas” en Cuenca.
Afortunadamente, por la férrea lucha jurídica de ANPBA,
han sido prohibidos dos espectáculos denominados “vaquillas
enmaromadas infantiles”. (Ver ‘logros’)
País Vasco: Los ‘toros ensogados’ son conocidos
como ‘sokamuturra’. ANPBA ha conseguido que en diversos
lugares, como San Sebastián, no sean recuperados.
Comunidad Valenciana: Se hacen “toros ensogados” (bous
ensogats), en los mismos municipios en los que se hacen ‘toros
de fuego’. Es la Comunidad que más espectáculos
realiza al año; a veces, en una sola noche se hacen varios
espectáculos, haciéndose miles de “bous ensogats”
desde el 1 de enero al 31 de diciembre.
ESPECTÁCULO PROHIBIDO
La Comunidad de Madrid ha prohibido expresamente los “toros
ensogados” en su Reglamento de espectáculos taurinos
populares.
Los ‘TOROS DE CORIA’
Los “toros de Coria” (Cáceres) son conocidos también
como “toros acerico” (en alusión a los ‘acericos’
o ‘almohadillas’ en los que los sastres clavan sus alfileres).
Este nombre les viene de la costumbre de los participantes
en estos espectáculos de lanzar dardos a los toros, mediante
el uso de soplillos. Los dardos, punzantes, adornados
con una terminación en papel, se quedan clavados en la piel
del animal. Como se puede ver en la foto, incluso el morro y los ojos
forman parte del blanco. Como el gentío les lanza innumerables
dardos, los toros se asemejan a los ‘acericos’ de los
sastres, llenos de alfileres. Al final, después de que la gente
se ha divertido sin pensar en el sufrimiento psicológico y el estrés de los animales,
éstos son sacrificados.
En Extremadura, se maltrata a los animales en los
espectáculos taurinos populares, incluso hay vídeos de vaquillas sacrificadas
en las calles de algunos municipios.
OTROS ESPECTÁCULOS POPULARES
En toda España existe una larga lista de otros espectáculos
taurinos populares en los que los animales son perseguidos, acosados
y finalmente, cuando la horda se ha divertido, son sacrificados (encierros,
vaquillas, toros del aguardiente, toros de Ohanes, capeas, probadillas,
cortes, recortes, sacas, toros al agua, embolados, etc). Una larga
lista de brutalidades deshumanizadoras, realizadas con las bendiciones
de las Administraciones Públicas autonómicas, que, como
los crueles emperadores romanos, siguen creyendo que una forma de
‘secuestrar’ el voto de la gente consiste en embrutecerla
y contentarla con la carnaza de espectáculos de sangre y muerte.
Es el antiguo concepto de ‘panem et circenses”, es decir,
“pan y circo” romano o, en España, el “pan
y toros” contra el que tanto lucharon los ilustrados, la Generación
del 98 y, en fin, todos los que creían y creen que España
se merecía y merece algo mejor como es el avance cultural,
social, de civilidad y europeísmo, que la España negra
y profunda, anquilosada con regodeo en la crueldad y la barbarie,
se niega a aceptar.
Comparecencia ante el PARLAMENTO EUROPEO
‘Fiestas de Muerte en España’
El miércoles, 18 de diciembre de 2002, a las 16:30 h., en el
Edificio del Parlamento Europeo, en Estrasburgo, se celebró
la sesión mensual del "INTERGROUP ON THE WELFARE AND CONSERVATION
OF ANIMALS" (Intergrupo para la Conservación y el Bienestar
de los Animales), compuesto por eurodiputados de todos los países
y partidos políticos europeos. En esta ocasión, la reunión
mensual tuvo por tema "Fiestas de Muerte en España".
Directivos de 4 organizaciones europeas hicieron la exposición:
por España, Alfonso Chillerón y Gustavo S. Antich, de
la "Asociación Nacional para la Protección y el
Bienestar de los Animales" (ANPBA); por Alemania, Mechthild Mench,
de "Initiative Anti-Corrida" (IAC) y Animal 2000";
y por el Reino Unido, Tony Moore, de "Fight Against Animal Cruelty
in Europe" (FAACE).
Denuncias
Mechthild Mench hizo una pormenorizada descripción sobre los
espectáculos con toros en España, y denunció
los intentos de expansión del lobby taurino en todo el mundo.
Ella tiene amplia experiencia al haber asistido a múltiples
espectáculos populares en España.
Tony Moore hizo una descripción de las brutalidades que se
cometen con los animales en España desde los años 80,
época en que él ya venía a España a grabar
los espectáculos taurinos y con otros animales (como gallos,
cabras, etc). Posee un auténtico "museo de los horrores"
de cintas de vídeo sobre estos espectáculos. De hecho,
su esposa, Vicki Moore, murió el 5 de febrero de 2000, a consecuencia
de las secuelas que le dejaron las 11 cornadas asestadas, en junio
de 1995, por el toro 'Argentino', uno de los "toros de Coria"
(Cáceres), a los que llenan el cuerpo de soplillos lanzados
con cerbatanas y que, finalmente, son ejecutado a tiros de escopeta.
Ella lo grababa en vídeo para denunciarlo en Europa.
Aunque todos condenaron las subvenciones europeas a las ganaderías
de lidia, Alfonso Chillerón hizo especial énfasis en
la necesidad de que el Parlamento Europeo se oponga firmemente a la
concesión de subvenciones a los ganaderos de lidia, que destinan
anualmente decenas de miles de animales a estos espectáculos
crueles, y, para apoyar su petición, echó mano del Tratado
de Amsterdam, cuyo Protocolo Anexo nº 33, "Sobre Protección
y Bienestar de los Animales", exige que, en las políticas
agrícolas, los Estados miembros tengan plenamente en cuenta
el bienestar de los animales. Se denunció que la "Política
Agraria Común" (PAC), directamente afectada por este Protocolo,
está siendo vulnerada por la concesión de subvenciones
a los ganaderos de lidia, cuyos animales son salvajemente asesinados
con posterioridad, por lo que ningún ‘bienestar’
les es garantizado, motivo por el que no deberían recibir tales
subvenciones, ya que con ello se vulnera el Tratado.
Reacciones de los eurodiputados
Los eurodiputados demostraron unanimidad en solicitar, a través
del Intergroup, que les sean eliminadas las subvenciones a los toros
en la UE. De hecho, el eurodiputado británico S. Murphy y la
eurodiputada alemana H. Breyer ya han tomado importantes iniciativas
al respecto. También es de destacar que el eurodiputado E.
of Stockton solicitara el boicot para ciertos productos españales
relacionados con familias de ganaderos de lidia. Los eurodiputados
italianos G. Celli y G. Santini, la eurodiputada irlandesa P. McKenna
y la eurodiputada holandesa H. Maij-Weggen rechazaron la "tradición"
como elemento para el mantenimiento de estas crueldades con los animales.
Todos los demás eurodiputados quisieron dejar patente su indignación
ante las imágenes del "Report" (boletín monográfico)
que les había sido entregado, testimonio del maltrato animal
en los espectáculos taurinos españoles.
Como demostración de la gran conmoción ocasionada en
el Parlamento durante la presentación y la reacción
sumamente positiva de los eurodiputados, el Secretario del Intergroup,
David Wilkins, envió un escrito a las organizaciones participantes
en el que textualmente manifiesta: "Las excelentes presentaciones
fueron muy apreciadas por todos los presentes. Proveyeron una valiosa
información y propició mucha discusión al respecto".
Valoración
ANPBA, como organización española participante en el
evento, está convencida de que las subvenciones a las ganaderías
de lidia y el apoyo europeo a ciertos proyectos taurinos, conseguidos
mediante obscuras maniobras, pronto se convertirán en una pesadilla
del pasado.
La Iglesia católica
Es lamentable que la Iglesia Católica no condene estos espectáculos
de sangre y muerte, realizados en honor de sus vírgenes y santos,
a pesar de que los espectáculos taurinos fueron anatematizados
por el papa Pío V, en la bula “De salute gregis dominici”
(‘De la salud del Pueblo del Señor’), publicada
el 1 de noviembre de 1567 (Al final de este link, incluimos el texto
íntegro, en castellano y en latín). Pío V calificó
los espectáculos taurinos como “más propios de
demonios que de hombres” y prohibió para siempre (‘ad
perpetuam rei memoriam’) las corridas de toros, excomulgando
a los cristianos que participaran en ellas o las consintieran. También
el CATECISMO CATÓLICO vigente, en su artículo 2418,
condena a los cristianos que hacen sufrir a los animales, considerando
esta práctica como "contraria a la dignidad humana".
Sin embargo, ni la Conferencia Episcopal Española ni el nuncio
del Vaticano en España han contestado a la petición
de ANPBA para que condenen estos espectáculos, quedando en
mero papel mojado lo establecido en el Catecismo.
Su Santidad el Dalai Lama
En absoluto contraste, el Hinduismo y el Budismo son totalmente respetuosos
con los animales y deploran su martirio en espectáculos crueles.
Como prueba fehaciente de ello, adjuntamos aquí la carta que
Su Santidad el Dalai Lama dirigió al presidente de ANPBA en
la que manifiesta su consternación por el maltrato a los animales
en los espectáculos españoles, mostrando ‘su apoyo
incondicional’ a ANPBA. Se incluye la carta original aquí.
20 de Junio de 2002
Sr. Chillerón Hellín
Asociación Nacional para la Protección
y el Bienestar de los Animales (ANPBA)
Madrid, ESPAÑA
Estimado Sr. Chillerón Hellín,
Se me ha encomendado agradecerle su correo electrónico dirigido
a Su Santidad el Dalai Lama.
Su Santidad se ha sentido consternado al conocer que en España
miles de animales, particularmente toros, vacas y vaquillas, son maltratados
con el propósito de proporcionar diversión. Estas criaturas,
al igual que nosotros, experimentan placer y dolor y necesitan vivir
en paz.
Como budistas, valoramos el ideal de la no-violencia. Esto incluye
el esforzarse por no herir, explotar, maltratar o privar irresponsablemente
a otros seres vivos de su libertad. Si permanecemos insensibles ante
la visión del dolor de los animales y, en vez de eso, encontramos
en ello motivo de entretenimiento, esta carencia de compasión
puede fácilmente extenderse también a nuestros semejantes
humanos.
Su Santidad considera que los seres humanos somos básicamente
bondadosos por naturaleza y que esta bondad es el fundamento de las
más nobles cualidades humanas. Es importante dirigir nuestro
altruismo no sólo hacia nuestros hermanos y hermanas humanos
sino hacia todas las criaturas vivientes con las que compartimos este
mundo.
Su Santidad apoya incondicionalmente la labor que está realizando
la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar
de los Animales (A.N.P.B.A.)
Con nuestros mejores deseos,
Cordialmente le saluda,
Tenzin Geyche Tethong
Secretario
(*) Trascripción completa (en castellano y en latín)
de, la Bula de san Pío V "De salute gregis dominici".
(Ver "Bullarum Diplomatum et Privilegium Sanctorum Romanorum
Pontificum Taurinensis editio". Tomo VII, Augustae Taurinorum
1862, páginas 630 y 631):
"Pío obispo, siervo de los siervos de Dios, para perpetua
memoria... en muchísimos lugares no cesan las luchas con toros
y otras fieras en espectáculos públicos y privados,
para hacer exhibición de su fuerza y de su audacia, lo cual
acarrea con frecuencia incluso muertes humanas, mutilación
de miembros y peligro para el alma. Por lo tanto, Nos, considerando
que estos espectáculos en los que se corren toros y fieras
en el circo o en la plaza pública no tienen nada que ver con
la piedad y caridad cristiana, y queriendo abolir estos espectáculos
cruentos y vergonzosos, no de hombres sino del demonio... prohibimos
terminantemente por esta nuestra constitución, que estará
vigente perpetuamente, bajo pena de excomunión y de anatema
en que se incurrirá por el hecho mismo Ipso facto... Prohibimos
que permitan la celebración de estos espectáculos en
los que se corren toros y otras fieras en sus provincias, ciudades,
territorios y lugares donde se lleven a cabo... Y si alguno de ellos
muere allí, no se le dé cristiana sepultura... Dejamos
sin efecto y anulamos, y decretamos y declaramos que se consideren
perpetuamente revocadas, nulas e irritas todas las obligaciones, juramentos
y votos que hasta ahora se hayan hecho o vayan a hacerse en adelante,
lo cual queda prohibido, por cualquier persona, colectividad o colegio
sobre tales corridas de toros aunque sean, como ellos erróneamente
piensan, en honor de los santos o de alguna solemnidad de la Iglesia
que deben celebrarse con alabanzas divinas... y no con esta clase
de diversiones... A todos nuestros hermanos patriarcas, primados,
arzobispos y obispos, y a nuestros ordinarios locales en virtud de
santa obediencia, apelando al juicio divino y a la amenaza de la maldición
eterna, que hagan publicar suficientemente nuestro escrito en las
ciudades y diócesis propias y cuiden de que se cumpla... lo
que arriba hemos ordenado. Sin que pueda aducirse en contra cualesquiera
constituciones u ordenamientos apostólicos y exenciones, privilegios,
indultos, facultades y cartas apostólicas concedidas, aprobadas
e innovadas por iniciativa propia o de cualquier otra manera a cualesquiera
personas, de cualquier rango y condición, bajo cualquier tenor
y forma y con cualesquiera cláusulas, incluso derogatorias
de derogatorias, y con otras cláusulas más eficaces
e inusuales, así como también otos decretos invalidantes,
en general o en casos particulares y, teniendo por reproducido el
contenido de todos esos documentos mediante el presente escrito, especial
y expresamente los derogamos, lo mismo que cualquier otro documento
que se oponga. Queremos que el presente escrito se haga público
en la forma acostumbrada en nuestra Cancillería Apostólica...
y se cuente entre las constituciones que estarán vigentes perpetuamente
y que se otorgue a sus copias, incluso impresas, firmadas por notario
público y refrendadas con el sello de algún prelado,
exactamente la misma autoridad que se otorgaría al presente
escrito si fuera exhibido y presentado... Dado el 1 de noviembre de
1567, segundo año del pontificado.
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Prohibitio agitationis taurorum aliarumque ferarum bestiarum, cum
annullatione votorum et iuramentorum desuper adhibitorum.
Pius episcopus servus servorum Dei, ad perpetuam rei memoriam. De
salute gregis dominici nostrae curae divina dispensatione crediti,
prout ex debito pastoralis officii adstringimur, sollicite cogitantes,
fideles cunetos gregiseiusdem ab imminentibus corporum periculis,
etiam animarum pernicie, perpetuo arcere studemus. 1). Sane, licet
detestabilis duellorum usus, a diabolo introductus ut cruenta corporum
morte animarum etiam perniciem lucretur, ex decreto concilii Tridentini
prohibitus fuerit, nihilominus adhuc in plerisque civitatibus et aliis
locis quamplurimi, ad ostentationem virium suarum et audaciae, in
publicis privatisque spectaculis, cum tauris et aliis feris bestiis
congredi non cessant, unde etiam hominum mortes, membrorum mutilationes,
animarumque pericula frequenter oriuntur. 2). Nos igitur, considerates
haec specula, ubi tauri et ferae in circo vel foro agitantur, a pietate
et caritate christiana aliena esse, ac volentes haec cruenta turpiaque
daemonum et non hominum specula aboleri, et animarum saluti, quantum
cum Deo possumus, providere, omnibus et singulis principibus christianis,
quacumque, tam ecclesiastica quam mundana, etiam imperiali, regia
vel quavis alia dignitate fulgentibus, quovis nomine nuncupentur,
vel quibusvis communitatibus et rebuspublicis, hac perpetuo nostra
constitucione valitura, sub excommunicationis et anathematis poenis
ipso facto incurrendis prohibemus et interdicimus ne, in suis provenciis,
civitatibus, terris, oppidis et locis, huiusmodi spectacula, ubi taurorum
aliarumque ferarum bestiarum agitationes exercentur, fieri permitant.
Militibus quoque caeterisque aliis personis, ne cum tauris et aliis
in prafatis spectaculis, ipsi tam pedestres quam equestres congredi
audeant, interdicimus. 3). Quod si quis corum ibi mortuus fuerit ecclesiastica
careat sepultura. 4). Clericis quoque, tam regularibus quam saecularibus,
beneficia ecclesiastica obtinentibus, vel in sacris ordinibus constitutis,
sub excommunicationis poena, ne eisdem spectaculis intersint, similiter
prohibemus. 5). Omnesque obligationes, iuramenta et vota, a quibusvis
personis, universitate vel collegio, de huiusmodi taurorum agitatione,
etiam, ut ipsi falso artitrantur, in honorem santorum seu quarumvis
eclessiasticarum solemnitatum et festivitatum, quae divinis laudibus,
spiritualibus gaudiis piisque operibus, non huiusmodi ludiscelebrari
et honorari debent, hactenus factas e facta, seu in futurum fienda,
quae et quas omnino prohibemus, cassamus et annullamus, ac pro cassis,
nullis et irritis haberi perpetuo decernimus atque declaramus. 6).
Mandamus autem amnibus principibus, comitibus et baronibus sanctae
Romanae Ecclesiae feudatariis, sub poena privationis feudorum, quae
ab ipsa Ecclesia Romana obtinent; reliquos vero principes christianos
et terrarum dominos praedictos hortamur in Domino, et in virtute sanctae
obedientiae mandamus ut, pro divini nominis revetentia et honore,
praemissa omnia, in suis dominiis ac terris huiusmodi, exactissime
servari faciant, uberriman ab ipso Deo mercedem tam boni operis recepturi.
7). Ac universis venerabilibus fratibus patriarchis, primatibus, archiepiscopis
et episcopis, aliisque locorum ordinariis, in virtude sanctae obedientiae,
sub obtestatione divini iudicii et interminatione maledictionis aeternae,
quatenus, in civitatibus et dioecesibus propriis, praesentes nostras
literas sufficienter publicari faciant, et praemissa, etiam sub poenis
et censuris ecclesiasticis, observari procurent. 8). Non obstantibus
quibusvis constitutionibus et ordinationibus apostolicis, ac exemptionibus,
privilegiis, indultis, facultatibus et literis apostolicis, quibusvis
personis, cuiuscumque qualitatis et conditionis existentibus, sub
quibuscumquetenoribus et formis, ac cum quibusvis, etiamderogatoriarum
derogatoriis aliisque efficacioribus et insolitis, clausulis, necnon
irritantibus et aliis decretis, is genere vel in specie, etiam motu
proprio ac alias quomodolibet concessis, approbatis et innovatis,
quibus, illorum tenores praesentibus pro expressis habentes, specialiter
et expresse derogamus, caeterisque contrariis quibuscumque. 9). Volumus
autem quos praesentes literae in Cancellaria nostra Apostolica et
acie Campi Florae de more publicentur, et inter constitutiones perpetuo
valituras describantur, et earum transumptis, etiam impressis, manu
alicuius notarii publici subcriptis, et sigillo alicuius praelati
munitis, eadem prorsus fides ubique adhibeatur, quae eisdem praesentibus
adhiberetur, si forent exhibitae vel ostensae. Nulli ergo omnino etc.
Datum Romae apud Sanctum Petrum, anno Incarnationis dominicae millesimo
quingentesimo sexagesimo septimo, kalesdis novembris, pontificatus
nostri anno II. Dat. die 1 nov. 1567. pontif. anno II.