‘LOS TOROS’, el sangriento espectáculo

Una de las mayores asignaturas pendientes de los políticos españoles es la erradicación de los espectáculos taurinos, en los que no solo son acosados, martirizados y matados decenas de miles de animales cada año para entretenimiento de unos pocos, sino que, además, este martirio y muerte se encuentra regulado por las Administraciones, tanto la nacional como las autonómicas (menos en Canarias, cuya ley autonómica de protección animal prohíbe los espectáculos taurinos, sin excepción). En España, la regulación de los diversos espectáculos taurinos se lleva a cabo mediante una ley, un real decreto y decretos autonómicos, en los que incluso se llega a detallar, según los casos, cómo deben ser castigados, martirizados y muertos los animales en unos espectáculos cuya crudeza sólo puede evocarnos lo que ocurría en los antiguos circos romanos.

LA ‘CORRIDA DE TOROS’

Luis del Campo, veterinario taurino, en su libro “Cómo y por qué muere el toro de lidia”, describe la corrida de toros como “uno de los castigos más atroces que imaginarse puede” (3ª edición, pág, 17).

El presidente y el vicepresidente de ANPBA han asistido a corridas de toros en diversas plazas, incluida la plaza más importante del mundo, Las Ventas (Madrid), sacando fotos y grabando vídeos, a fin de captar in situ imágenes del espectáculo que luego ANPBA tendría la misión de denunciar. Con datos contundentes en la mano, por tanto, la descripción de ANPBA de una corrida de toros es la siguiente:

Tras salir a la plaza, y después de haber burlado al animal con el ‘capote’, el ‘picador’ le clava en el lomo (espalda) la PUYA (lanza) que le destroza músculos (trapecio, romboideo, espinoso y semiespinoso, serratos y transversales del cuello, etc.) La ‘puya’ le destroza y lesiona, además, vasos sanguíneos y nervios, abriéndole grandes boquetes o agujeros por donde luego pueden también hundirse las BANDERILLAS (palos) terminadas en arpones o ganchos de acero cortante y punzante, de 6 a 8 cms. de longitud, los cuales son clavados en el lomo del toro quedándose enganchados en la carne, desgarrándosela. Luego, atraviesan al animal con un ESTOQUE (espada) de 80 cms. de longitud y doble filo, la cual, según por el lugar del cuerpo por el que penetre, puede destrozarle el hígado, los pulmones, la pleura, etc.; de hecho, cuando la espada le corta la gran arteria, el toro agoniza con enormes vómitos de sangre, que le sale a chorros por la boca y la nariz.

El toro, en un intento desesperado por sobrevivir, se resiste a caer, y, por su gran memoria, suele encaminarse a la puerta por la que le hicieron entrar en ese repugnante lugar, llamada ‘puerta de chiqueros’. El animal busca la salida, creyendo que por ahí podrá volver al campo, huyendo así de tanto maltrato y dolor. Pero sus verdugos le apuñalan la nuca con el DESCABELLO (otra espada, que termina en una cuchilla de 10 cms. de longitud, con tope). A pesar de tan terribles tormentos, el animal no suele morir, por su gran potencia física, pero finalmente cae al suelo, porque el ESTOQUE le ha ido destrozando los órganos internos mientras los ayudantes del matador, con capas, hacen girar al toro a izquierda y derecha, cortándole la espada con estos movimientos sus órganos internos. Cuando cae al suelo, le clavan en la nuca la PUNTILLA (un puñal de 10 cms., con doble filo); con el puñal le hurgan en la nuca, intentando cortarle la médula espinal en el espacio entre las vértebras cervicales ‘atlas’ y ‘axis’. El toro queda así paralizado, sin poder realizar siquiera movimientos con los músculos respiratorios, por lo que finalmente muere asfixiado, boqueando una y otra vez intentando que el aire le penetre en los pulmones. Esta es su infame y cruel muerte, cuando no muere ahogado en su propia sangre, que le sale a borbotones por la boca y la nariz, como dijimos arriba.

Tampoco quedan libres de malos tratos los caballos de los ‘picadores’. Aunque en 1928 se implantó el peto protector para los caballos de picar (Real Orden de 13 de junio), esto no significa que estén libres de sufrimiento. En las embestidas del toro, cuando el picador lo llama para que acuda al caballo y poder así destrozarle el lomo con la lanza (puya), en muchas ocasiones los caballos reciben fuertes golpes y caen al suelo.

EL ‘REJONEO’ A CABALLO

En España existe un tipo de "corrida de toros" llamada "rejoneo", realizada por matadores a caballo, que necesitan acercarse muchísimo al toro para poder herirlo. Esto pone a los caballos en gravísimo peligro. De hecho, cada vez hay más caballos heridos y muertos, al no llevar protección. Los caballos de rejoneo están siendo las víctimas de la brutal competencia entre veteranos rejoneadores y aspirantes al escalafón. Los unos y los otros obligan a sus caballos a pisar ‘terrenos’ de gran peligro y a realizar arriesgados embroques, lo cual da lugar a una larga lista de caballos heridos y muertos. Además, la mismísima doma conlleva un grave peligro para los caballos, que son obligados a enfrentarse a los toros en lugares cerrados.

Son comunes las cornadas y las fracturas producidas al realizar las peligrosas actuaciones que les obligan a ejecutar los jinetes (quiebros al pitón contrario, de cara recibiendo, a la grupa, al estribo, al sesgo, etc.). Estos 'embroques' y 'quiebros' ponen al caballo en manos del toro, al entrar en su 'jurisdicción', exponiéndolo a peligro de muerte.

Larga lista de CABALLOS HERIDOS y MUERTOS:

Todos los años son heridos y mueren caballos en las corridas de rejoneo. Una de las más terribles muertes ocurrió el 8 de octubre de 2000, cuando el caballo llamado BALANCÍN sufrió una cornada mortal en Zaragoza, cayendo hacia atrás; la cornada le partió 3 costillas, le destrozó un pulmón y le produjo evisceración de la masa intestinal, saliéndosele los intestinos por el enorme agujero de la cornada. Las terribles fotos fueron ampliamente publicadas en la prensa.

Estos son algunos nombres de caballos que han sido víctimas recientes: Balancín, Cagancho, Taco, Bolo, Fadista, Paseíllo, Zurrón, Caparica, Burrito, Tintero, Quinto, Finito, Café, Mariscal, Calando, Guitarra, Duque, Deseada, Pepín, Évora, Chata, Horizonte, Lorca, Camarón, otro Camarón, Macario, Quito, Napoleón, Tiburón, Malpaso, Fusilero, Alero, Datilero, Danubio, Nata, Imperial, Romance, Zurbarán, Salgueiro...

He aquí la lista del año 2000, escogido este año por marcar el cambio de siglo y milenio:

· 17 de mayo de 2000, el caballo IMPERIAL fue herido de gravedad en el vientre, en Jerez de la Frontera, lo que derivó en una peritonitis que le causó la muerte.
· El 20 de mayo de 2000, FUSILERO fue herido en Madrid. El 1 de octubre volvió a ser corneado en el vientre, afectándole también la pleura del pulmón izquierdo, en Zafra (Badajoz).
· El 21 de mayo de 2000, CAFÉ tuvo que ser sacrificado en Osuna (Sevilla).
· El 18 de agosto de 2000, caía herido NAPOLEÓN en Leganés (Madrid).
· El 23 de agosto de 2000, cayó ROMANCE en Palma de Mallora (Islas Baleares).
· El 2 de septiembre de 2000, murió ZURBARÁN, de una cornada en Medina del Campo (Valladolid).
· El 13 de septiembre de 2000, murió CAPARICA por una cornada recibida en Guadalajara. Por el vientre de salía sangre a borbotones. Uno de los peones metió una toalla entera en la herida, sacándola empapada de sangre.
· El 15 de septiembre de 2000, murió MARISCAL en Ampuero (Cantabria).
· El 1 de octubre de 2000, FUSILERO volvió a ser corneado en el vientre, afectándole la pleura del pulmón izquierdo, en Zafra (Badajoz).
· El 2 de octubre de 2000, BURRITO resultó herido en Medina de Pomar (Burgos).
· El 8 de octubre de 2000, BALANCÍN murió en Zaragoza de una terrible cornada en el vientre, al resbalar cuando el jinete 'citó en corto' al toro. El caballo cayó hacia atrás. La cornada le rompió 3 costillas, le destrozó un pulmón y le sacó los intestinos.
· El 14 de octubre de 2000, SALGUEIRO recibió una cornada mortal en Calanda (Teruel).
ANPBA lucha para este sangriento espectáculo quede eliminado; pero mientras esto llega, los caballos 'rejoneo' deberían, al menos, ser protegidos por un PETO que les cubriera el vientre.

‘ESCUELAS TAURINAS’

Madrid: El presidente y el vicepresidente de ANPBA grabaron en vídeo y tomaron fotos de cómo, en las clases prácticas de alumnos para meterse a toreros, en la ‘escuela de tauromaquia’ de Madrid se estaban cortando las orejas y el rabo a los animales vivos. Las escenas son espantosas. Los animales coceaban y berreaban. ¡ A un becerro le cortaron las dos orejas y el rabo y lo arrastraron vivo!

El vídeo fue adjuntado a la denuncia administrativa presentada ante la Comunidad de Madrid, lo que supuso una sanción al puntillero y otra al director artístico de la "escuela". Además, se ha prohibido cortar orejas y rabo en las clases prácticas de esta escuela.

La noticia fue ampliamente reseñada por ‘El País’, sección Madrid, y por todas las cadenas nacionales de televisión que, en sus informativos, emitieron las terribles escenas. También se ha visionado en muchos países del mundo y en el Intergrupo para la Conservación y el Bienestar de los Animales del PARLAMENTO EUROPEO. Los eurodiputados quedaron fuertemente impresionados.

ESPECTÁCULOS ‘POPULARES’

Los espectáculos taurinos populares se diferencian en que no son ‘toreros’ sino el público en general el que participa activamente en ellos. De ahí su nombre ‘populares’.

BECERRADAS

Las ‘becerradas’ son terribles espectáculos en los que animales de muy corta edad (becerros) son sacados al ruedo para diversión del público. En la mayoría de Comunidades Autónomas está permitido que los simples aficionados y los integrantes de las peñas les claven banderillas y espadas hasta matarlos. ANPBA lucha activamente. De hecho, el MINISTERIO DEL INTERIOR ha considerado la crueldad de este tipo de espectáculo, y la Comisión Sectorial de Asuntos Taurinos ha dado la razón a ANPBA: Los animales no deberían ser maltratados, ni heridos ni matados por el público.


‘TORO DE LA VEGA’

DESCRIPCIÓN DEL ESPECTÁCULO:

Cada año, en septiembre, se lleva a cabo en Tordesillas (Valladolid) un deplorable espectáculo denominado "TORO DE LA VEGA". Consiste en que decenas de individuos armados con lanzas, a pie y a caballo, persigan a un toro por el campo, clavándole las largas lanzas en cualquier parte del cuerpo, hasta que el animal, herido mortalmente, cae al suelo sin fuerzas y entonces es rematado dándole puñaladas en la nuca con un puñal (puntilla).

Por su batalla legal contra el mismo, ANPBA ha sido declarada “enemigo público número uno” del espectáculo (Ver “El Norte de Castilla”, miércoles, 6 de septiembre de 2000)

ANPBA quiere denunciar aquí la crueldad de este espectáculo mediante el siguiente caso, ocurrido a uno de esos “toros de la vega”, llamado CENTELLO, que fue horriblemente herido y muerto el 12 de septiembre de 2000. Un individuo le hundió su lanza en el costado, atravesándole el cuerpo y después se partió. El espectáculo era dantesco: la parte trasera del mango de la larga lanza le salía por el costado derecho, cerca de la ingle, y por el lomo le asomaba el palo y la hoja completa de acero cortante y punzante, de 33 cms. de longitud, después de haberle cruzado el cuerpo. ¡Unos 75 cms. de vara de madera permanecieron hundidos y ocultos dentro del cuerpo del animal! Con semejante instrumento de tortura que atravesaba su cuerpo, 'Centello' tuvo que soportar que le siguieran clavando lanzas. Centello tardó casi 35 minutos en morir... ¡Qué terrible tormento físico y psíquico debió soportar el animal!

(Las fotos del evento fueron publicadas al día siguiente en todos los periódicos de la región: El Norte de Castilla, El Mundo de Valladolid, El Día de Valladolid, Abc-Castilla y León).

Ese mismo día, ANPBA interpuso Queja ante el PARLAMENTO EUROPEO, aportando fotos, testimonio evidente de la crueldad del espectáculo. Los diarios “El Mundo” (13/9/2000, página 64) y “El País” (14/9/2000, página 34), en sus tiradas nacionales, reflejaron esta queja, con grandes titulares. Y es que el respeto a las 'tradiciones culturales' de los Estados miembros, según se expone en el Tratado de Amsterdam, no puede significar que el maltrato a los animales haya de quedar blindado, abriendo una vía deseable de intervención de las instancias europeas.

De hecho, ANPBA consiguió de la Administración General del Estado un documento elaborado por la propia 'Comisión de Festejos' del Ayuntamiento de Tordesillas, fechado el 5 de septiembre de 1966, firmado por el alcalde y 7 concejales. En dicho documento se comprometían ante el entonces Gobernador Civil de Valladolid, a NO HERIR al animal, a cambio de que la autoridad les permitiera realizar el espectáculo, porque por su crueldad estaba prohibido. En el documento decían: "El toro de la Vega no sufrirá agresión de golpes o heridas, quedando reducido el espectáculo a un encierro". Este documento demuestra que el propio Ayuntamiento de Tordesillas, que en 1966 modificó el festejo para 'humanizarlo', reconocía explícitamente que la llamada "tradición" no se vería afectada por la eliminación de una crueldad tan grande como la de matar al animal a golpes de lanza. Aunque ANPBA esgrimió este documento, la Junta de Castilla y León legalizó el espectáculo. Sin embargo, ANPBA confía en que nuevos políticos castellano-leoneses, más europeístas y avanzados, finalmente prohíban el espectáculo en un futuro no lejano, modificando el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Castilla y León.

Este espectáculo fue denunciado en Europa, conjuntamente con ANPBA, por la organización británica FAACE (Fight Against Animal Cruelty in Europe) y las organizaciones alemanas “INITIATIVE ANTI-CORRIDA” y “ANIMAL 2000”, que viajaron hasta Tordesillas e hicieron fotos y vídeos con los que pudieron demostrar en Europa la crueldad del espectáculo. También ha sido denunciado por la periodista alemana Dorothea Mench, que estuvo en Tordesillas en 2003.

‘TOROS DE FUEGO’

DESCRIPCIÓN DEL ESPECTÁCULO:

El toro es atado por los cuernos, arrastrado por el gentío con gran violencia, y conducido hasta un pilar (mueco), donde le atan la cabeza, le sujetan las patas y le tiran del rabo, para inmovilizarlo y encajarle en la cabeza unos artilugios metálicos con grandes bolas de material inflamable que encienden antes de soltar al animal, que queda envuelto en fuego con cada uno de sus constantes cabezazos al tratar de quitarse el elemento que le hiere, que le atormenta. De las bolas de fuego caen chorros de líquido incandescente que salpica en sus ojos y en su nariz, y también saltan ascuas, que se adhieren a su cuerpo. En Medinaceli (Soria), golpean con un palo las bolas de estopa y el traumático acto de embolar al toro puede provocale hemorragia por la boca y la nariz. (ANPBA envió fotos y vídeos al PARLAMENTO EUROPEO). Los animales mugen desesperados, cabecean y babean profundamente, lo que demuestra el estrés inimaginable al que son sometidos.

COMUNIDADES DENUNCIADAS:
CATALUÑA, ARAGÓN, CASTILLA-LEÓN y la COMUNIDAD VALENCIANA

Cataluña: Se hacen “toros de fuego” (bous embolats) en diversos municipios de las Terres de l’Ebre (Tarragona). Son espectáculos importados de la Comunidad Valenciana, por eso se realizan solamente en la zona limítrofe con Castellón. La brutalidad de estos espectáculos, en los que ponen a los animales fuego en la zona de la cabeza, y fuegos artificiales a la vez, provocándoles profundos sufrimientos físicos y psíquicos, contrasta con la idea que Cataluña quiere dar al mundo de país civilizado y europeísta. Sin embargo, en diciembre de 2003, la FISCALÍA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE TARRAGONA dio la razón a ANPBA, declarando que estos espectáculos son contrarios a la Ley 22/2003 de Protección Animal de Cataluña. También la DIRECCIÓN GENERAL DEL MEDIO NATURAL, de la Consejería de Medio Ambiente de la GENERALITAT DE CATALUNYA, en un informe realizado a instancias del Síndic de Greuges, por petición de ANPBA, reconoció, en junio de 2004, que “los toros embolats ya están prohibidos por la Ley de Protección Animal de Cataluña”. Estos documentos son uno de basamentos de la lucha jurídica que ANPBA mantiene en Cataluña hasta conseguir la erradicación de este tipo de espectáculo.

Aragón: Se hacen “toros de fuego”, especialmente las provincias de Zaragoza y Teruel.

Castilla-León: Aunque han quedado prohibidos los ‘toros de fuego’, ha quedado el más cruel de todos, el “toro de fuego” de Medinaceli, Soria, legalizado por la Junta de Castilla y León, a pesar de la férrea oposición de ANPBA, que demostró con documentos oficiales que no cumplía los requisitos para ser legalizado. El Procurador del Común (Defensor del Pueblo de Castilla y León), dio la razón a ANPBA, y exigió a la Junta de Castilla-León una rectificación al respecto. (Ver ‘logros’)

Comunidad Valenciana: Con 144 municipios que hacen “toros de fuego”, es la que más espectáculos realiza al año; a veces, en una sola noche se hacen varios “toros de fuego” (bous embolats). Se vienen realizando unos 1.200 ‘toros de fuego’ y ‘vacas de fuego’, desde el 1 de enero al 31 de diciembre. En ocasiones, colocan a un mismo toro hasta 5 bolas de fuego. También, como en Cataluña, les colocan en los cuernos fuegos artificiales conjuntamente con las bolas de fuego.

ESPECTÁCULO PROHIBIDO

Sin embargo, Madrid, el País Vasco, Castilla-La Mancha e incluso Andalucía, ya han prohibido los “toros de fuego” en sus Reglamentos de espectáculos taurinos populares.


'TOROS DE FUEGO' SIN USO DE ANIMALES: En el País Vasco, los "toros de fuego" (llamados en euskera 'zezen zusko') son armazones o carretillas. También se hacen ‘toros de fuego’ con armazones que semejan un toro que lanza chispas, conducidos por un hombre, en muchos lugares de Castilla-León (Peñafiel, Puebla, Benavente, Alba de Tormes, etc.) y en Aragón (Tarazona), etc.

Estos ejemplos prácticos demuestran que, para divertirse, no es necesario maltratar -física o psicológicamente- a los animales.

‘TOROS ENSOGADOS’

DESCRIPCIÓN DEL ESPECTÁCULO:

Los animales son sujetados por la cabeza en un ‘mueco’, donde les atan los cuernos; posteriormente son arrastrados por las calles por el gentío, con gran violencia para los animales, que se resisten con todas sus fuerzas. Las sogas producen grandes traumatismos en la cepa del cuerno y profundos desgarros en los músculos del cuello. Los animales mugen, cabecean y babean, lo que demuestra el estrés inimaginable al que son sometidos.

COMUNIDADES DENUNCIADAS:
CATALUÑA, ARAGÓN, CASTILLA-LEÓN, LA RIOJA, NAVARRA, ANDALUCÍA, CASTILLA-LA MANCHA, PAÍS VASCO y COMUNIDAD VALENCIANA

Cataluña: Se hacen “toros ensogados” (‘bous capllaçats’) en diversos municipios de las Terres de l’Ebre (Tarragona). Son espectáculos importados de la Comunidad Valenciana, por eso se realizan solamente en la zona limítrofe con Castellón. La brutalidad de estos espectáculos, en los que se ata a los animales por los cuernos y se les arrastra por las calles, provocándoles profundos sufrimientos, físicos y psíquicos, contrasta con la idea que Cataluña quiere dar al mundo de país civilizado y europeísta. Sin embargo, en diciembre de 2003, la FISCALÍA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE TARRAGONA dio la razón a ANPBA, declarando que estos espectáculos son contrarios a la Ley 22/2003 de Protección Animal de Cataluña. También la DIRECCIÓN GENERAL DEL MEDIO NATURAL, de la Consejería de Medio Ambiente de la GENERALITAT DE CATALUNYA, en un informe realizado a instancias del Síndic de Greuges, por petición de ANPBA, reconoció, en junio de 2004, que “los 'embolats' (toros de fuego) ya están prohibidos por la Ley de Protección Animal de Cataluña”. Estos documentos son uno de basamentos de la lucha jurídica que ANPBA mantiene en Cataluña hasta conseguir la erradicación de este tipo de espectáculo.

Aragón: Se hacen “toros ensogados”, especialmente de las provincias de Zaragoza y Teruel.

Castilla-León: Aunque han quedado prohibidos los ‘toros ensogados’ en general (toros enmaromados), han sido legalizadas las “vacas enmaromadas” de Palazuelo de Vedija, Valladolid; el “toro enmaromado” de Benavente y los “toritos del alba”, también de Benavente, Zamora, éstos últimos legalizados irregularmente por la Junta de Castilla y León (como hizo en el caso del ‘toro de fuego’ de Medinaceli), a pesar de la férrea oposición de ANPBA, que demostró con documentos oficiales que no se cumplían los requisitos para ser legalizados. El Procurador del Común (Defensor del Pueblo de Castilla y León), también dio la razón a ANPBA, y exigió a la Junta de Castilla-León una rectificación al respecto. (Ver ‘logros’)

La Rioja: Hay “toros ensogados” en los municipios de Cenicero y Cabretón.

Navarra: Hay “toros ensogados” en Lodosa. La brutalidad de este espectáculo fue denunciada, conjuntamente con ANPBA, por la organización británica FAACE (Fight Against Animal Cruelty in Europe) y las organizaciones alemanas “INITIATIVE ANTI-CORRIDA” y “ANIMAL 2000”, que viajaron hasta Lodosa e hicieron fotos y vídeos con los que pudieron demostrar en Europa la crueldad de los espectáculos. De hecho, la Defensora del Pueblo de Navarra, ha dado la razón a ANPBA.

Andalucía: Los ‘toros ensogados’ han sido legalizados en 12 municipios, repartidos por las provincias de Almería (1), Málaga (1), Huelva (1), Córdoba (1), Cádiz (6) y Jaén (2).

Castilla-La Mancha: Hay “vacas enmaromadas” en Cuenca. Afortunadamente, por la férrea lucha jurídica de ANPBA, han sido prohibidos dos espectáculos denominados “vaquillas enmaromadas infantiles”. (Ver ‘logros’)

País Vasco: Los ‘toros ensogados’ son conocidos como ‘sokamuturra’. ANPBA ha conseguido que en diversos lugares, como San Sebastián, no sean recuperados.

Comunidad Valenciana: Se hacen “toros ensogados” (bous ensogats), en los mismos municipios en los que se hacen ‘toros de fuego’. Es la Comunidad que más espectáculos realiza al año; a veces, en una sola noche se hacen varios espectáculos, haciéndose miles de “bous ensogats” desde el 1 de enero al 31 de diciembre.

ESPECTÁCULO PROHIBIDO

La Comunidad de Madrid ha prohibido expresamente los “toros ensogados” en su Reglamento de espectáculos taurinos populares.

Los ‘TOROS DE CORIA’

Los “toros de Coria” (Cáceres) son conocidos también como “toros acerico” (en alusión a los ‘acericos’ o ‘almohadillas’ en los que los sastres clavan sus alfileres). Este nombre les viene de la costumbre de los participantes en estos espectáculos de lanzar dardos a los toros, mediante el uso de soplillos. Los dardos, punzantes, adornados con una terminación en papel, se quedan clavados en la piel del animal. Como se puede ver en la foto, incluso el morro y los ojos forman parte del blanco. Como el gentío les lanza innumerables dardos, los toros se asemejan a los ‘acericos’ de los sastres, llenos de alfileres. Al final, después de que la gente se ha divertido sin pensar en el sufrimiento psicológico y el estrés de los animales, éstos son sacrificados.

En Extremadura, se maltrata a los animales en los espectáculos taurinos populares, incluso hay vídeos de vaquillas sacrificadas en las calles de algunos municipios.

OTROS ESPECTÁCULOS POPULARES

En toda España existe una larga lista de otros espectáculos taurinos populares en los que los animales son perseguidos, acosados y finalmente, cuando la horda se ha divertido, son sacrificados (encierros, vaquillas, toros del aguardiente, toros de Ohanes, capeas, probadillas, cortes, recortes, sacas, toros al agua, embolados, etc). Una larga lista de brutalidades deshumanizadoras, realizadas con las bendiciones de las Administraciones Públicas autonómicas, que, como los crueles emperadores romanos, siguen creyendo que una forma de ‘secuestrar’ el voto de la gente consiste en embrutecerla y contentarla con la carnaza de espectáculos de sangre y muerte. Es el antiguo concepto de ‘panem et circenses”, es decir, “pan y circo” romano o, en España, el “pan y toros” contra el que tanto lucharon los ilustrados, la Generación del 98 y, en fin, todos los que creían y creen que España se merecía y merece algo mejor como es el avance cultural, social, de civilidad y europeísmo, que la España negra y profunda, anquilosada con regodeo en la crueldad y la barbarie, se niega a aceptar.

Comparecencia ante el PARLAMENTO EUROPEO
‘Fiestas de Muerte en España’


El miércoles, 18 de diciembre de 2002, a las 16:30 h., en el Edificio del Parlamento Europeo, en Estrasburgo, se celebró la sesión mensual del "INTERGROUP ON THE WELFARE AND CONSERVATION OF ANIMALS" (Intergrupo para la Conservación y el Bienestar de los Animales), compuesto por eurodiputados de todos los países y partidos políticos europeos. En esta ocasión, la reunión mensual tuvo por tema "Fiestas de Muerte en España".

Directivos de 4 organizaciones europeas hicieron la exposición: por España, Alfonso Chillerón y Gustavo S. Antich, de la "Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales" (ANPBA); por Alemania, Mechthild Mench, de "Initiative Anti-Corrida" (IAC) y Animal 2000"; y por el Reino Unido, Tony Moore, de "Fight Against Animal Cruelty in Europe" (FAACE).

Denuncias

Mechthild Mench hizo una pormenorizada descripción sobre los espectáculos con toros en España, y denunció los intentos de expansión del lobby taurino en todo el mundo. Ella tiene amplia experiencia al haber asistido a múltiples espectáculos populares en España.

Tony Moore hizo una descripción de las brutalidades que se cometen con los animales en España desde los años 80, época en que él ya venía a España a grabar los espectáculos taurinos y con otros animales (como gallos, cabras, etc). Posee un auténtico "museo de los horrores" de cintas de vídeo sobre estos espectáculos. De hecho, su esposa, Vicki Moore, murió el 5 de febrero de 2000, a consecuencia de las secuelas que le dejaron las 11 cornadas asestadas, en junio de 1995, por el toro 'Argentino', uno de los "toros de Coria" (Cáceres), a los que llenan el cuerpo de soplillos lanzados con cerbatanas y que, finalmente, son ejecutado a tiros de escopeta. Ella lo grababa en vídeo para denunciarlo en Europa.

Aunque todos condenaron las subvenciones europeas a las ganaderías de lidia, Alfonso Chillerón hizo especial énfasis en la necesidad de que el Parlamento Europeo se oponga firmemente a la concesión de subvenciones a los ganaderos de lidia, que destinan anualmente decenas de miles de animales a estos espectáculos crueles, y, para apoyar su petición, echó mano del Tratado de Amsterdam, cuyo Protocolo Anexo nº 33, "Sobre Protección y Bienestar de los Animales", exige que, en las políticas agrícolas, los Estados miembros tengan plenamente en cuenta el bienestar de los animales. Se denunció que la "Política Agraria Común" (PAC), directamente afectada por este Protocolo, está siendo vulnerada por la concesión de subvenciones a los ganaderos de lidia, cuyos animales son salvajemente asesinados con posterioridad, por lo que ningún ‘bienestar’ les es garantizado, motivo por el que no deberían recibir tales subvenciones, ya que con ello se vulnera el Tratado.

Reacciones de los eurodiputados

Los eurodiputados demostraron unanimidad en solicitar, a través del Intergroup, que les sean eliminadas las subvenciones a los toros en la UE. De hecho, el eurodiputado británico S. Murphy y la eurodiputada alemana H. Breyer ya han tomado importantes iniciativas al respecto. También es de destacar que el eurodiputado E. of Stockton solicitara el boicot para ciertos productos españales relacionados con familias de ganaderos de lidia. Los eurodiputados italianos G. Celli y G. Santini, la eurodiputada irlandesa P. McKenna y la eurodiputada holandesa H. Maij-Weggen rechazaron la "tradición" como elemento para el mantenimiento de estas crueldades con los animales. Todos los demás eurodiputados quisieron dejar patente su indignación ante las imágenes del "Report" (boletín monográfico) que les había sido entregado, testimonio del maltrato animal en los espectáculos taurinos españoles.

Como demostración de la gran conmoción ocasionada en el Parlamento durante la presentación y la reacción sumamente positiva de los eurodiputados, el Secretario del Intergroup, David Wilkins, envió un escrito a las organizaciones participantes en el que textualmente manifiesta: "Las excelentes presentaciones fueron muy apreciadas por todos los presentes. Proveyeron una valiosa información y propició mucha discusión al respecto".

Valoración


ANPBA, como organización española participante en el evento, está convencida de que las subvenciones a las ganaderías de lidia y el apoyo europeo a ciertos proyectos taurinos, conseguidos mediante obscuras maniobras, pronto se convertirán en una pesadilla del pasado.

La Iglesia católica

Es lamentable que la Iglesia Católica no condene estos espectáculos de sangre y muerte, realizados en honor de sus vírgenes y santos, a pesar de que los espectáculos taurinos fueron anatematizados por el papa Pío V, en la bula “De salute gregis dominici” (‘De la salud del Pueblo del Señor’), publicada el 1 de noviembre de 1567 (Al final de este link, incluimos el texto íntegro, en castellano y en latín). Pío V calificó los espectáculos taurinos como “más propios de demonios que de hombres” y prohibió para siempre (‘ad perpetuam rei memoriam’) las corridas de toros, excomulgando a los cristianos que participaran en ellas o las consintieran. También el CATECISMO CATÓLICO vigente, en su artículo 2418, condena a los cristianos que hacen sufrir a los animales, considerando esta práctica como "contraria a la dignidad humana". Sin embargo, ni la Conferencia Episcopal Española ni el nuncio del Vaticano en España han contestado a la petición de ANPBA para que condenen estos espectáculos, quedando en mero papel mojado lo establecido en el Catecismo.

Su Santidad el Dalai Lama

En absoluto contraste, el Hinduismo y el Budismo son totalmente respetuosos con los animales y deploran su martirio en espectáculos crueles. Como prueba fehaciente de ello, adjuntamos aquí la carta que Su Santidad el Dalai Lama dirigió al presidente de ANPBA en la que manifiesta su consternación por el maltrato a los animales en los espectáculos españoles, mostrando ‘su apoyo incondicional’ a ANPBA. Se incluye la carta original aquí.

20 de Junio de 2002

Sr. Chillerón Hellín
Asociación Nacional para la Protección
y el Bienestar de los Animales (ANPBA)
Madrid, ESPAÑA

Estimado Sr. Chillerón Hellín,

Se me ha encomendado agradecerle su correo electrónico dirigido a Su Santidad el Dalai Lama.

Su Santidad se ha sentido consternado al conocer que en España miles de animales, particularmente toros, vacas y vaquillas, son maltratados con el propósito de proporcionar diversión. Estas criaturas, al igual que nosotros, experimentan placer y dolor y necesitan vivir en paz.

Como budistas, valoramos el ideal de la no-violencia. Esto incluye el esforzarse por no herir, explotar, maltratar o privar irresponsablemente a otros seres vivos de su libertad. Si permanecemos insensibles ante la visión del dolor de los animales y, en vez de eso, encontramos en ello motivo de entretenimiento, esta carencia de compasión puede fácilmente extenderse también a nuestros semejantes humanos.

Su Santidad considera que los seres humanos somos básicamente bondadosos por naturaleza y que esta bondad es el fundamento de las más nobles cualidades humanas. Es importante dirigir nuestro altruismo no sólo hacia nuestros hermanos y hermanas humanos sino hacia todas las criaturas vivientes con las que compartimos este mundo.

Su Santidad apoya incondicionalmente la labor que está realizando la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (A.N.P.B.A.)

Con nuestros mejores deseos,

Cordialmente le saluda,

Tenzin Geyche Tethong
Secretario


(*) Trascripción completa (en castellano y en latín) de, la Bula de san Pío V "De salute gregis dominici". (Ver "Bullarum Diplomatum et Privilegium Sanctorum Romanorum Pontificum Taurinensis editio". Tomo VII, Augustae Taurinorum 1862, páginas 630 y 631):
"Pío obispo, siervo de los siervos de Dios, para perpetua memoria... en muchísimos lugares no cesan las luchas con toros y otras fieras en espectáculos públicos y privados, para hacer exhibición de su fuerza y de su audacia, lo cual acarrea con frecuencia incluso muertes humanas, mutilación de miembros y peligro para el alma. Por lo tanto, Nos, considerando que estos espectáculos en los que se corren toros y fieras en el circo o en la plaza pública no tienen nada que ver con la piedad y caridad cristiana, y queriendo abolir estos espectáculos cruentos y vergonzosos, no de hombres sino del demonio... prohibimos terminantemente por esta nuestra constitución, que estará vigente perpetuamente, bajo pena de excomunión y de anatema en que se incurrirá por el hecho mismo Ipso facto... Prohibimos que permitan la celebración de estos espectáculos en los que se corren toros y otras fieras en sus provincias, ciudades, territorios y lugares donde se lleven a cabo... Y si alguno de ellos muere allí, no se le dé cristiana sepultura... Dejamos sin efecto y anulamos, y decretamos y declaramos que se consideren perpetuamente revocadas, nulas e irritas todas las obligaciones, juramentos y votos que hasta ahora se hayan hecho o vayan a hacerse en adelante, lo cual queda prohibido, por cualquier persona, colectividad o colegio sobre tales corridas de toros aunque sean, como ellos erróneamente piensan, en honor de los santos o de alguna solemnidad de la Iglesia que deben celebrarse con alabanzas divinas... y no con esta clase de diversiones... A todos nuestros hermanos patriarcas, primados, arzobispos y obispos, y a nuestros ordinarios locales en virtud de santa obediencia, apelando al juicio divino y a la amenaza de la maldición eterna, que hagan publicar suficientemente nuestro escrito en las ciudades y diócesis propias y cuiden de que se cumpla... lo que arriba hemos ordenado. Sin que pueda aducirse en contra cualesquiera constituciones u ordenamientos apostólicos y exenciones, privilegios, indultos, facultades y cartas apostólicas concedidas, aprobadas e innovadas por iniciativa propia o de cualquier otra manera a cualesquiera personas, de cualquier rango y condición, bajo cualquier tenor y forma y con cualesquiera cláusulas, incluso derogatorias de derogatorias, y con otras cláusulas más eficaces e inusuales, así como también otos decretos invalidantes, en general o en casos particulares y, teniendo por reproducido el contenido de todos esos documentos mediante el presente escrito, especial y expresamente los derogamos, lo mismo que cualquier otro documento que se oponga. Queremos que el presente escrito se haga público en la forma acostumbrada en nuestra Cancillería Apostólica... y se cuente entre las constituciones que estarán vigentes perpetuamente y que se otorgue a sus copias, incluso impresas, firmadas por notario público y refrendadas con el sello de algún prelado, exactamente la misma autoridad que se otorgaría al presente escrito si fuera exhibido y presentado... Dado el 1 de noviembre de 1567, segundo año del pontificado.
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Prohibitio agitationis taurorum aliarumque ferarum bestiarum, cum annullatione votorum et iuramentorum desuper adhibitorum.
Pius episcopus servus servorum Dei, ad perpetuam rei memoriam. De salute gregis dominici nostrae curae divina dispensatione crediti, prout ex debito pastoralis officii adstringimur, sollicite cogitantes, fideles cunetos gregiseiusdem ab imminentibus corporum periculis, etiam animarum pernicie, perpetuo arcere studemus. 1). Sane, licet detestabilis duellorum usus, a diabolo introductus ut cruenta corporum morte animarum etiam perniciem lucretur, ex decreto concilii Tridentini prohibitus fuerit, nihilominus adhuc in plerisque civitatibus et aliis locis quamplurimi, ad ostentationem virium suarum et audaciae, in publicis privatisque spectaculis, cum tauris et aliis feris bestiis congredi non cessant, unde etiam hominum mortes, membrorum mutilationes, animarumque pericula frequenter oriuntur. 2). Nos igitur, considerates haec specula, ubi tauri et ferae in circo vel foro agitantur, a pietate et caritate christiana aliena esse, ac volentes haec cruenta turpiaque daemonum et non hominum specula aboleri, et animarum saluti, quantum cum Deo possumus, providere, omnibus et singulis principibus christianis, quacumque, tam ecclesiastica quam mundana, etiam imperiali, regia vel quavis alia dignitate fulgentibus, quovis nomine nuncupentur, vel quibusvis communitatibus et rebuspublicis, hac perpetuo nostra constitucione valitura, sub excommunicationis et anathematis poenis ipso facto incurrendis prohibemus et interdicimus ne, in suis provenciis, civitatibus, terris, oppidis et locis, huiusmodi spectacula, ubi taurorum aliarumque ferarum bestiarum agitationes exercentur, fieri permitant. Militibus quoque caeterisque aliis personis, ne cum tauris et aliis in prafatis spectaculis, ipsi tam pedestres quam equestres congredi audeant, interdicimus. 3). Quod si quis corum ibi mortuus fuerit ecclesiastica careat sepultura. 4). Clericis quoque, tam regularibus quam saecularibus, beneficia ecclesiastica obtinentibus, vel in sacris ordinibus constitutis, sub excommunicationis poena, ne eisdem spectaculis intersint, similiter prohibemus. 5). Omnesque obligationes, iuramenta et vota, a quibusvis personis, universitate vel collegio, de huiusmodi taurorum agitatione, etiam, ut ipsi falso artitrantur, in honorem santorum seu quarumvis eclessiasticarum solemnitatum et festivitatum, quae divinis laudibus, spiritualibus gaudiis piisque operibus, non huiusmodi ludiscelebrari et honorari debent, hactenus factas e facta, seu in futurum fienda, quae et quas omnino prohibemus, cassamus et annullamus, ac pro cassis, nullis et irritis haberi perpetuo decernimus atque declaramus. 6). Mandamus autem amnibus principibus, comitibus et baronibus sanctae Romanae Ecclesiae feudatariis, sub poena privationis feudorum, quae ab ipsa Ecclesia Romana obtinent; reliquos vero principes christianos et terrarum dominos praedictos hortamur in Domino, et in virtute sanctae obedientiae mandamus ut, pro divini nominis revetentia et honore, praemissa omnia, in suis dominiis ac terris huiusmodi, exactissime servari faciant, uberriman ab ipso Deo mercedem tam boni operis recepturi. 7). Ac universis venerabilibus fratibus patriarchis, primatibus, archiepiscopis et episcopis, aliisque locorum ordinariis, in virtude sanctae obedientiae, sub obtestatione divini iudicii et interminatione maledictionis aeternae, quatenus, in civitatibus et dioecesibus propriis, praesentes nostras literas sufficienter publicari faciant, et praemissa, etiam sub poenis et censuris ecclesiasticis, observari procurent. 8). Non obstantibus quibusvis constitutionibus et ordinationibus apostolicis, ac exemptionibus, privilegiis, indultis, facultatibus et literis apostolicis, quibusvis personis, cuiuscumque qualitatis et conditionis existentibus, sub quibuscumquetenoribus et formis, ac cum quibusvis, etiamderogatoriarum derogatoriis aliisque efficacioribus et insolitis, clausulis, necnon irritantibus et aliis decretis, is genere vel in specie, etiam motu proprio ac alias quomodolibet concessis, approbatis et innovatis, quibus, illorum tenores praesentibus pro expressis habentes, specialiter et expresse derogamus, caeterisque contrariis quibuscumque. 9). Volumus autem quos praesentes literae in Cancellaria nostra Apostolica et acie Campi Florae de more publicentur, et inter constitutiones perpetuo valituras describantur, et earum transumptis, etiam impressis, manu alicuius notarii publici subcriptis, et sigillo alicuius praelati munitis, eadem prorsus fides ubique adhibeatur, quae eisdem praesentibus adhiberetur, si forent exhibitae vel ostensae. Nulli ergo omnino etc. Datum Romae apud Sanctum Petrum, anno Incarnationis dominicae millesimo quingentesimo sexagesimo septimo, kalesdis novembris, pontificatus nostri anno II. Dat. die 1 nov. 1567. pontif. anno II.